Lo que toda multinacional debe saber sobre... la orden del Tribunal de Comercio Internacional de reembolsar todos los aranceles de la IEEPA
El litigio sobre los aranceles IEEPA, ahora invalidados, sigue avanzando a un ritmo notable. Solo dos semanas despu茅s de que el Tribunal Supremo de los Estados Unidos anulara los aranceles en Learning Resources y V.O.S. Selections, y solo unos d铆as despu茅s de que el Tribunal de Apelaci贸n del Circuito Federal devolviera la jurisdicci贸n al Tribunal de Comercio Internacional (CIT) para abordar los mecanismos de la reparaci贸n, el CIT ha dado un paso significativo hacia la determinaci贸n de c贸mo se gestionar谩n los reembolsos. En una audiencia celebrada el 4 de marzo de 2026 ante el juez Richard K. Eaton, el tribunal orden贸 a la Oficina de Aduanas y Protecci贸n Fronteriza de los Estados Unidos (CBP) que detuviera la liquidaci贸n de los aranceles de la IEEPA y comenzara a deshacer los aranceles ya evaluados. La orden, dictada en el caso Atmus Filtration, Inc. contra Estados Unidos, destaca no solo por su rapidez, sino tambi茅n por su alcance: el tribunal indic贸 que la compensaci贸n que est谩 contemplando podr铆a extenderse a todos los importadores registrados, incluidos aquellos que no presentaron sus propias solicitudes de reembolso.
La decisi贸n supone un avance importante en el panorama posterior a la IEEPA y se帽ala que el CIT tiene la intenci贸n de avanzar r谩pidamente hacia el establecimiento de un marco para las devoluciones arancelarias. Al mismo tiempo, es casi seguro que la orden ser谩 apelada y deja sin resolver varias cuestiones importantes, entre ellas si el CIT tiene autoridad para conceder una exenci贸n tan amplia a partes que no comparecen ante el tribunal, en particular con respecto a las entradas que ya se han liquidado y que incluso pueden ser definitivas (es decir, que han superado el plazo para protestar contra la liquidaci贸n). Para ayudar a abordar estas cuestiones, resumimos la sentencia, describimos la situaci贸n actual del litigio sobre las devoluciones de la IEEPA y analizamos las medidas que deben considerar los importadores que pagaron aranceles de la IEEPA para proteger sus intereses.
驴Qu茅 pas贸?
El mi茅rcoles 4 de marzo de 2026, el CIT orden贸 a la Oficina de Aduanas y Protecci贸n Fronteriza de los Estados Unidos (CBP) que dejara de liquidar los derechos recaudados en virtud de la Ley de Poderes Econ贸micos de Emergencia Internacional (derechos IEEPA o aranceles IEEPA) y que, en la medida de lo posible, volviera a liquidar los derechos IEEPA previamente liquidados. La decisi贸n se aplica a 芦todos los importadores registrados禄, incluidos tanto los que presentaron una demanda ante el CIT para solicitar la devoluci贸n de los aranceles IEEPA como los que no lo hicieron. 芦Decidir lo contrario禄, escribi贸 el juez Richard K. Eaton, 芦negar铆a [a los importadores demandantes] la resoluci贸n eficiente de sus reclamaciones y [a los importadores no demandantes] el beneficio de la decisi贸n Learning Resources 禄, en referencia a la sentencia del Tribunal Supremo de los Estados Unidos del 20 de febrero de 2026 que anul贸 los aranceles IEEPA del presidente Donald Trump por considerarlos ilegales. El tribunal no lleg贸 a ordenar a la CBP que emitiera los reembolsos de inmediato, pero el juez Eaton program贸 una reuni贸n para el viernes 6 de marzo de 2026, a las 10:00 a. m. ET, para discutir los mecanismos del proceso de reembolso.
Aunque se esperaba que el CIT comenzara a abordar los reembolsos arancelarios de la IEEPA despu茅s de que el Tribunal de Apelaciones del Circuito Federal (CAFC) emitiera su mandato del 2 de marzo de 2026 devolviendo la jurisdicci贸n al CIT, la acci贸n del tribunal fue m谩s r谩pida y amplia de lo que muchos observadores hab铆an previsto. La sentencia tambi茅n surgi贸 en un caso inesperado, Atmus Filtration, Inc. contra Estados Unidos, durante lo que se hab铆a programado como una audiencia rutinaria sobre una moci贸n para impedir que la CBP liquidara los aranceles de la IEEPA pagados por Atmus Filtration, un fabricante estadounidense de sistemas de filtraci贸n. El caso se present贸 solo una semana antes y fue inicialmente suspendido, pero despu茅s de que se le asignara al juez Eaton, el tribunal orden贸 a las partes que comparecieran en persona para una audiencia el 4 de marzo de 2026, levant贸 la suspensi贸n administrativa y orden贸 a las partes que abordaran las cuestiones relativas al cobro de los derechos de la IEEPA por parte de la CBP.
En efecto, el juez Eaton parece haber aprovechado la primera oportunidad disponible para avanzar r谩pidamente en la cuesti贸n de c贸mo deben gestionarse los reembolsos arancelarios de la IEEPA, con Atmus Filtration como veh铆culo para abordar el tema. Durante la vista, el juez Eaton declar贸 que el presidente del CIT le hab铆a asignado los m谩s de 2000 casos relacionados con los aranceles de la IEEPA e indic贸 que probablemente tratar铆a el caso Atmus como el caso principal para resolver las cuestiones relacionadas con los reembolsos, en lugar del caso V.O.S. Selections contra Estados Unidos, resuelto por el Tribunal Supremo en Learning Resources y considerado anteriormente como el caso de referencia para los litigios sobre reembolsos.
驴Cu谩l fue el fallo?
El juez dict贸 su fallo desde el estrado e inmediatamente despu茅s emiti贸 una breve orden escrita en la que ordenaba lo siguiente:
- La CBP debe dejar de liquidar los derechos de la IEEPA.
- La CBP debe volver a liquidar los derechos IEEPA previamente liquidados, excepto en los casos en que la liquidaci贸n ya sea definitiva.
- La orden se aplica a todos los importadores registrados que pagaron derechos IEEPA, independientemente de si el importador present贸 una demanda ante el CIT.
Cabe destacar que, cuando el abogado del Departamento de Justicia solicit贸 la suspensi贸n de la sentencia (presumiblemente para dar tiempo a apelar ante el CAFC), el juez Eaton deneg贸 inmediatamente la moci贸n.
驴Cu谩les fueron algunos aspectos destacados del fallo?
Varios aspectos de la audiencia proporcionan informaci贸n sobre c贸mo el CIT podr铆a abordar la cuesti贸n de la devoluci贸n de la IEEPA en el futuro.
- El hecho de que la sentencia se haya dictado en un caso inesperado demuestra que el juez Eaton busca la resoluci贸n m谩s r谩pida posible. Hasta ahora, los principales veh铆culos de litigio hab铆an sido Learning Resources (el principal caso de la IEEPA, consolidado con V.O.S. Selections ante el Tribunal Supremo) y AGS Company Automotive Solutions contra Estados Unidos, uno de los principales casos de devoluci贸n de la secci贸n 1581(i). Pocos observadores esperaban que el caso Atmus Filtration, recientemente presentado, se convirtiera en el veh铆culo para una amplia reparaci贸n. De hecho, el abogado del Gobierno se帽al贸 durante la vista que Estados Unidos ten铆a que presentar un escrito en V.O.S. Selections en dos semanas, en el que esperaba exponer su posici贸n sobre las devoluciones. El hecho de que el juez Eaton no estuviera dispuesto a esperar ni siquiera dos semanas para recibir el informe sobre la cuesti贸n y, en cambio, anunciara su intenci贸n de resolver las cuestiones clave en Atmus demuestra que no considera que haya ninguna cuesti贸nque requiera un informe, como afirm贸 en un momento de la vista.
- El alcance de la reparaci贸n se ampli贸 dr谩sticamente durante la vista. Lo que se hab铆a programado como una vista rutinaria sobre una orden de restricci贸n temporal (TRO) se convirti贸 en algo mucho m谩s amplio. Las partes hab铆an previsto que la cuesti贸n de la TRO se resolver铆a mediante una estipulaci贸n del Gobierno de no oponerse a la reliquidaci贸n si as铆 lo ordenaba el tribunal. Los demandantes incluso intentaron retirar su solicitud de TRO. El juez Eaton deneg贸 esa moci贸n y, en su lugar, concedi贸 una compensaci贸n mucho mayor de lo que se hab铆a solicitado, lo que indicaba que consideraba la audiencia como una oportunidad para abordar inmediatamente las cuestiones fundamentales relacionadas con la devoluci贸n, incluso sin necesidad de presentar informes.
- El juez Eaton rechaz贸 los esfuerzos del gobierno por restringir o retrasar el proceso de reembolso. Durante la audiencia, el gobierno plante贸 una serie de argumentos destinados a limitar o posponer la reparaci贸n. El juez Eaton rechaz贸 cada uno de ellos:
- Sobre la legalidad de los aranceles: el juez Eaton hizo hincapi茅 en que el Tribunal Supremo ya hab铆a resuelto la cuesti贸n central, afirmando: 芦El Tribunal Supremo nos ha dicho que la recaudaci贸n de estos aranceles fue ilegal desde el primer momento en que se impusieron... todo este dinero se recaud贸 ilegalmente y... debe devolverse a los importadores禄. El juez Eaton se mostr贸 impaciente ante cualquier sugerencia de que la CBP pudiera de alguna manera restringir qui茅nes pueden obtener reembolsos.
- Sobre si los importadores deben presentar sus propias demandas: El abogado del Gobierno argument贸 que los importadores con entradas liquidadas 芦tienen que acudir sin falta a los tribunales禄. El juez Eaton indic贸 que esta cuesti贸n se abordar铆a en una vista de seguimiento el 6 de marzo de 2026, dejando el asunto sin resolver, pero destacando la importancia de las solicitudes de protecci贸n para los importadores con una exposici贸n significativa.
- Sobre si se necesita m谩s informaci贸n sobre las cuestiones relacionadas con los reembolsos: Cuando el Gobierno argument贸 que necesitaba m谩s tiempo para informar sobre los m茅ritos, el juez Eaton respondi贸 sin rodeos: 芦No hay m茅ritos. Los aranceles fueron ilegales desde el primer momento en que se impusieron禄.
- Sobre si la CBP necesita tiempo para desarrollar su 芦posici贸n禄 sobre cualquier otro asunto que no sea el mecanismo para reembolsar los aranceles de la IEEPA: cuando el abogado del Gobierno afirm贸 que necesitaba tiempo para concretar su 芦posici贸n禄 sobre los reembolsos, el juez Eaton respondi贸: 芦Su posici贸n est谩 clara. El Tribunal Supremo le ha dicho cu谩l es su posici贸n. Su posici贸n es que va a reembolsar este dinero禄.
- Sobre si las cuestiones relacionadas con la 芦dificultad禄 de emitir reembolsos son importantes: el Gobierno sugiri贸 que los reembolsos requerir铆an una revisi贸n manual de cada entrada individual. El juez Eaton rechaz贸 este argumento y se帽al贸: 芦Vivimos en la era de los ordenadores. El Servicio de Aduanas debe poder programar su ordenador para que no sea necesaria una revisi贸n manual para reembolsar los derechos de la IEEPA禄.
- Sobre la rapidez de la ayuda: el juez Eaton deneg贸 la solicitud del Gobierno de presentar alegaciones adicionales por escrito y tambi茅n deneg贸 una moci贸n para suspender la orden, aunque declar贸 que estar铆a dispuesto a revisar una declaraci贸n de la CBP en la que se explicaran las dificultades pr谩cticas de emitir reembolsos.
驴Deber铆an los importadores que no han presentado acciones en virtud del art铆culo 1581(i) considerar la posibilidad de hacerlo ahora?
La inesperada orden del juez Eaton plantea una pregunta inmediata: 驴c贸mo deben responder las empresas que no han presentado demandas en virtud del art铆culo 1581(i)? Seguimos creyendo que las empresas con una exposici贸n significativa a la IEEPA deber铆an considerar la posibilidad de mantener o interponer demandas individuales por varias razones.
- En primer lugar, el Gobierno ya ha indicado que considera que se requieren demandas individuales para determinados reembolsos. Durante la audiencia, el abogado del Departamento de Justicia argument贸 que los importadores deben presentar sus propias demandas para obtener reembolsos por las entradas que ya se han liquidado. Por lo tanto, es muy probable que el Gobierno apele sobre esta base. Los importadores que ya han presentado demandas individuales est谩n en condiciones de evitar verse envueltos en esta disputa.
- En segundo lugar, el Tribunal Federal de Apelaciones ha rechazado anteriormente los intentos del CIT de dictar medidas cautelares que se extiendan ampliamente a terceros. En V.O.S. Selections, el Tribunal de Apelaci贸n del Circuito Federal anul贸 la orden anterior del CIT en parte porque funcionaba como una orden judicial universal, aplicable a partes que no comparec铆an ante el tribunal. Es probable que el Gobierno se base en este precedente en cualquier apelaci贸n. Incluso si el Tribunal Federal de Apelaci贸n finalmente reduce el alcance de la orden Atmus, ese razonamiento no afectar铆a a los importadores que ya son partes en acciones individuales en virtud del art铆culo 1581(i).
- En tercer lugar, la propia CIT ha indicado que siguen existiendo cuestiones adicionales para las empresas que no han presentado demanda. El juez Eaton program贸 una nueva reuni贸n para abordar las cuestiones que afectan a los importadores que no han presentado demandas. El hecho de que el juez Eaton, que est谩 tratando de avanzar a toda velocidad en las cuestiones relacionadas con los reembolsos, considere que es necesario seguir estudiando el caso de los importadores que no han presentado demandas pone de relieve que los importadores que han presentado sus propias demandas en virtud del art铆culo 1581(i) se encuentran en una posici贸n diferente y, probablemente, m谩s favorable desde el punto de vista judicial.
- En cuarto lugar, dado que el Tribunal Federal de Apelaciones rechaz贸 anteriormente la reparaci贸n a nivel nacional, pueden surgir complicaciones procesales adicionales para las empresas que actualmente no se encuentran ante el tribunal. Es muy probable que cualquier reducci贸n del alcance de la orden del juez Eaton se produzca para limitar la capacidad del CIT de ordenar una reparaci贸n amplia a las partes que no se encuentran ante el CIT, especialmente en lo que respecta a las entradas que est谩n liquidadas y son definitivas.
- En quinto lugar, las empresas que sean parte en el litigio tendr谩n legitimaci贸n para exigir el cumplimiento de cualquier orden de reembolso. Si surgen controversias sobre la forma en que la CBP aplica los reembolsos 鈥攊ncluido el alcance de las entradas elegibles, el c谩lculo de los derechos o el momento de los reembolsos鈥, solo las partes en el litigio tendr谩n la posibilidad de recurrir al CIT para solicitar el cumplimiento o una aclaraci贸n. Las empresas que no sean parte en el litigio pueden tener una capacidad limitada para impugnar la aplicaci贸n de la CBP.
- En sexto lugar, las partes en el litigio podr铆an estar en mejor posici贸n si los reembolsos se procesaran por etapas o por orden de prioridad. Si la CBP finalmente procesara los reembolsos a lo largo del tiempo, en lugar de hacerlo de una sola vez, los importadores con litigios pendientes podr铆an tener prioridad o disponer de v铆as m谩s claras para impugnar los retrasos. Las empresas que no hayan presentado una demanda podr铆an verse dependientes de los procesos administrativos de la CBP sin un foro judicial directo.
En resumen, ser demandante ante el CIT probablemente ofrece una v铆a m谩s r谩pida y clara para obtener reembolsos que confiar en la resoluci贸n de las numerosas cuestiones que probablemente surgir谩n en los procedimientos de reembolso m谩s amplios de la IEEPA, y sin duda es una v铆a m谩s r谩pida que la preferencia aparente del Gobierno por canalizar las disputas hacia el proceso de protesta tradicional (y a menudo largo). Presentar una demanda ayuda a garantizar que los importadores sigan estando en primera l铆nea para obtener reembolsos.
Los importadores que han presentado demandas tambi茅n evitan la incertidumbre jur铆dica que rodea al alcance de las medidas cautelares disponibles para las partes no implicadas. El abogado de los demandados estadounidenses en el caso Atmus indic贸 que el Gobierno tiene la intenci贸n de argumentar que las devoluciones deben limitarse a los importadores que presentaron demandas ante el CIT. Del mismo modo, si el Gobierno recurre la orden del caso Atmus alegando que el CIT no puede dictar una medida cautelar de car谩cter universal 鈥攁rgumento en el que se bas贸 el Tribunal Federal de Apelaci贸n para suspender la medida cautelar dictada por el CIT en mayo de 2025 en el caso V.O.S. Selections鈥, ese razonamiento no se aplicar铆a a los importadores que ya son partes en acciones individuales en virtud del art铆culo 1581(i).
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En resumen, la orden del juez Eaton es un avance importante y bienvenido, y las empresas que ya han presentado demandas en virtud del art铆culo 1581(i) pueden estar tranquilas, ya que ahora parece probable que estos casos se centralicen ante el juez Eaton. Al mismo tiempo, la orden est谩 lejos de ser la 煤ltima palabra sobre las devoluciones de aranceles de la IEEPA. Siguen sin resolverse cuestiones clave relativas al tratamiento de los importadores que no han presentado solicitudes, la gesti贸n de las entradas que ya se han liquidado y han adquirido car谩cter definitivo, y c贸mo responder谩 el Tribunal Federal de Apelaci贸n a lo que es casi seguro que ser谩 un recurso del Gobierno.
Si tiene alguna pregunta sobre estos asuntos, p贸ngase en contacto con los autores o con su abogado de 亚色影库; Larder.
Tenga en cuenta que, en el momento de la publicaci贸n de este art铆culo, los demandados estadounidenses en el caso Atmus han presentado recientemente un marco propuesto para llevar a cabo la orden del juez Eaton de detener la liquidaci贸n de los derechos de la IEEPA. Pronto proporcionaremos un an谩lisis al respecto.